La Constitución
es la ley fundamental de un Estado. En ella, se establecen los
derechos y obligaciones esenciales de los ciudadanos y
gobernantes. Se trata de la norma jurídica suprema y ninguna
otra ley, precepto o disposición puede contravenir lo que ella
expresa.
Nuestra Carta Magna es la expresión de la soberanía del pueblo.
Conforme a nuestra Ley Fundamental, la soberanía nacional reside
esencial y originariamente en el pueblo, del cual dimana todo
poder público y se instituye para beneficio de éste, quien
además tiene el derecho inalienable de alterar o modificar en
todo tiempo la forma de su gobierno.
El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la
Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los
Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los
términos respectivamente establecidos por la Constitución
Federal y las particulares de los Estados.
De acuerdo con nuestra Constitución, México tiene la
organización política de una República representativa,
democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en
todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una
Federación.
Constitución de 1824
El Acta
Constitutiva de la Federación Mexicana, del 31 de enero de 1824,
marca el inicio de la vida jurídico-política de México
independiente, dando origen a la Constitución Federal de los
Estados Unidos Mexicanos del 4 de octubre de 1824, documento en
el que ya se dispone la división de los Poderes en los que se
asienta y justifica el nuevo gobierno, esto es, el Poder
Ejecutivo, denominado en su artículo 74 el Supremo Poder
Ejecutivo; el Poder Legislativo, integrado por una Cámara de
Diputados y una de Senadores (Art. 7), y el Poder Judicial,
(Art. 123).
La constitución
de 1824 por primera vez descartó todo tipo de legislación
extranjera y estableció el ejercicio absoluto de la soberanía y
de la autodeterminación del pueblo mexicano.
Los antecedentes de esa constitución los hallamos en la española
de Cádiz de 1812, en los "Sentimientos de la Nación", de José
María Morelos y en el Decreto Constitucional para la Libertad de
la América Mexicana, o Constitución de Apatzingán, de 1814.
Su vigencia terminó en 1835 al ser suplantada por el Proyecto de
Bases para la Nueva Constitución.
La Constitución de 1857
En febrero de 1856, tras la firma del Plan de Ayutla --que
desconocía el gobierno de Antonio López de Santa Anna-- como
consecuencia del movimiento revolucionario encabezado por Juan
Álvarez, fue convocado un Congreso Extraordinario reunido en la
ciudad de México
Un año después, el 5 de febrero de 1857, el Presidente Ignacio
Comonfort y el Congreso Constituyente aprobaron la nueva
constitución, la cual conservaba el federalismo, las libertades
de trabajo, de propiedad, de expresión de ideas, de imprenta, de
asociación, de petición y de comercio, y la abolición de la
esclavitud. En ella se establecían como ciudadanos con derecho a
voto todos los mexicanos varones que hubieran cumplido 18 años
si eran casados y 21 si no lo eran.
Unos meses después, en vista de que el nuevo ordenamiento no
había logrado una estabilidad en el país, el propio Comonfort la
desconoció y se sumó a la rebelión de Ignacio Zuloaga.
La rebelión tuvo como consecuencia la llamada Guerra de Tres
años o Guerra de Reforma, entre los conservadores que
desconocían la constitución y los liberales que la defendían.
Triunfaron los liberales encabezados por Benito Juárez y durante
el curso de la guerra se emitieron una serie de ordenamientos
conocidos como Leyes de Reforma, entre las que destacan las que
establecen la separación entre la Iglesia y el Estado.
La Constitución de 1857 fue un elemento jurídico fundamental en
la defensa ante la invasión francesa y el imperio de Maximiliano
de Habsburgo. Tuvo vigencia plena tras la expulsión de los
extranjeros y permaneció en vigor hasta 1917.
Constitución de 1917
En 1910 da inicio la Revolución Mexicana, año en el cual el
Presidente Porfirio Díaz ocupaba el poder, como lo venía
haciendo por más de 30 años.
El primer jefe del Ejército Constitucionalista, Venustiano
Carranza, convocó en diciembre de 1916 al Congreso para
presentar un proyecto de reformas a la Constitución de 1857.
El documento pasó por una numerosa serie de modificaciones,
revisiones y adiciones, en un esfuerzo por plasmar en su
contenido la nueva realidad del país.
En el Teatro de la República de la ciudad de Querétaro, fue
promulgada el 5 de febrero de 1917 la nueva Constitución, que
actualmente nos rige. En ella se establecieron los ideales
revolucionarios del pueblo mexicano con un marcado contenido
social y se plasmó un gobierno para todos los mexicanos sin
distinción de raza, credo, condición social o política.
La Carta Magna estableció plenamente las garantías individuales
y reconoció los derechos sociales, como el de huelga y el de
organización de los trabajadores, el derecho a la educación; así
también la libertad de culto, la enseñanza laica y gratuita, la
jornada de trabajo máxima de 8 horas y se reconocieron como
fundamentales la libertades de expresión y la asociación de los
trabajadores.
Estableció una forma de Gobierno republicana, representativa,
demócrata y federal. Se refrendó la división de poderes en
Ejecutivo, Judicial y Legislativo. Esté último pasó a
conformarse como sistema bicameral, constituido por una cámara
de Diputados y una de Senadores.
Asimismo, la Constitución decretó la no reelección y ratificó el
sistema de elecciones directas, suprimió la vicepresidencia y
otorgó una mayor autonomía al Poder Judicial al tiempo que más
soberanía a los estados.
Por otra parte, la Carta Magna creó el municipio libre y
estableció un ordenamiento agrario relativo a la propiedad de la
tierra.
Desde su aparición, la Constitución de 1917 ha experimentado
múltiples modificaciones para responder al entorno político,
social y económico de nuestro país.
Ejemplo de estas modificaciones son las reformas de 1953, en que
se otorgó derecho de voto a las mujeres, y de 1969, en que se
concedió la ciudadanía a todos los mexicanos mayores de 18 años,
así como las sucesivas reformas electorales de 1977, 1986, 1989,
1990, 1993, 1994, y 1996 destinadas a garantizar elecciones
legales y respetuosas de la voluntad popular.
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